martes, 19 de enero de 2016

¿Qué es una excedencia forzosa? ¿Dónde está regulada en el Estatuto de los Trabajadores? ¿ Cómo está regulada (que dice la norma)?Dime tres personajes públicos que tengan una excedencia forzosa en este momento, y cual es, entonces, el puesto de trabajo que se les reserva.
¿Qué es una excedencia voluntaria? ¿Cómo está regulada? ¿Hay alguna norma en tu convenio sobre las excedencias?
Explica de que va la excedencia por cuidado de hijos.
Dime otras cinco causas de suspensión del contrato de trabajo.

martes, 12 de enero de 2016

Cambiando las condiciones del contrato
1.- Tu jefe te dice que tienes que trasladarte de Madrid a Barcelona, para trabajar allí la semana que viene, ¿puede hacerlo? ¿Con qué condiciones? ¿Tiene que pagarte algo? ¿Y si te dice que te vayas a Barcelona los próximos cinco años?

si, pagándote el viaje, las dietas, el alojamiento. Con la condición de ejercer el mismo cargo.
si es para cinco años se considera traslado te tiene que notificar con un mes de antelación y te tiene que pagar los gastos del traslado y el de tu familia
2.- ¿Qué es una "excedencia voluntaria"? ¿Cuáles son las reglas que la regulan? Si eres elegido cargo público, ¿qué haces con tu anterior trabajo?
El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. no te guardan el puesto pero tiene derecho preferente de reingreso a las vacantes que existan. el reingreso se solicita con un mes de antelación. no computa para la antigüedad 
3.- Tu jefe te dice que tienes que hacer el trabajo de una categoría inferior durante seis meses, sin ningún motivo, ¿puede hacerlo? Y si tuviera los motivos legales para hacerlo (dime cuales son), ¿cuanto tendría que pagarte?
no. el motivo tiene que ser por causa de fuerza mayor o urgente. cobras lo mismo que te dan aunque el sueldo de ese puesto sea menor
4.- Busca las normas sobre movilidad funcional y geográfica que hay en tu convenio y compáralas con las del Estatuto de los Trabajadores.